Guía para solicitantes de refugio y refugiados en Colombia
- Larm Colombia
- 28 jun 2024
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El Grupo Interno de Trabajo de Determinación de la Condición de Refugiado informa sobre los trámites para solicitudes de reconocimiento de refugiado:
1. Nuevas solicitudes:
- Completar y enviar el formulario DP-FO-273 y, si aplica, el DP-FO-274 en un solo archivo PDF, firmados a mano por el solicitante principal.
- Verificar y adjuntar los “anexos solicitud refugio” correspondientes.
- Enviar a solicitudesentramite@cancilleria.gov.co.
- Para menores de edad, usar el formulario DP-FO-281.
Importante: Las solicitudes incompletas no serán admitidas. No se prevé un término específico para el trámite, pero se responderá en hasta 30 días hábiles. No reenviar ni reiterar solicitudes mientras espera respuesta.
2. Prórroga de salvoconductos SC2:
- Enviar el formato DP-FO-278 al menos un mes antes del vencimiento a solicitudesentramite@cancilleria.gov.co.
- Se responderá en hasta 30 días hábiles. No reenviar ni reiterar solicitudes mientras espera respuesta.
3. Desistimiento de solicitud:
- El titular debe enviar el formato DP-FO-279 a solicitudesentramite@cancilleria.gov.co.
- Solo el titular o su representante legal pueden desistir. No se aceptan desistimientos de beneficiarios o terceros no autorizados.
- Se responderá en hasta 30 días hábiles. No reenviar ni reiterar solicitudes mientras espera respuesta.